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Altas y modificaciones en padrón de habitantes

Información sobre el trámite

Objeto

El presente procedimiento tiene por objeto la Inscripción/Modificación en el Padrón Municipal de Habitantes por cambio de residencia, omisión, nacimiento, cambio de domicilio o datos personales.

Documentación a presentar

  • Impreso de hoja padronal, debidamente cumplimentada y firmada.
  • DNI, NIE o Pasaporte.
  • Anexos necesarios según los supuestos indicados en reverso de la hoja padronal:
    • Anexo I.- Declaración responsable de progenitor para inscripción o cambio de domicilio de menores no emancipados en el Padrón municipal sin resolución judicial.
    • Anexo II.- Declaración responsable de progenitor para inscripción o cambio de domicilio de menores no emancipados en el Padrón municipal aportando resolución judicial.
    • Anexo III.- Declaración responsable de progenitor o representante legal para inscripción o cambio de domicilio de mayores de edad incapacitados en el Padrón municipal.
    • Anexo IV.- Solicitud de Renovación de la Inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
    • Anexo V.- Solicitud de continuidad de la Inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, presentada por representante.
    • Anexo VI.- Declaración jurada.
    • Anexo VII.- Solicitud de Baja por inscripción indebida.
    • Anexo VIII.- Documentación complementaria a aportar para empadronamiento o cambio de domicilio de menores de edad no emancipados.
    • Anexo IX.- Documentación que acredita la ocupación de la vivienda.
    • Anexo X.- Otorgamiento de representación.
    • Anexo XI.- Autorización para la inscripción padronal (o cambio de domicilio) en el domicilio de otra persona o de un colectivo.
    • Anexo XII.- Hoja Padronal

IMPORTANTE: Los documentos se deben presentar en original

Órgano encargado de la tramitación

Secretaría-Padrón de Habitantes

Trámites

Con carácter general, inmediato.

Plazos

TRES MESES desde la fecha de presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo positivo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada.

Recursos

Recurso de reposición ante el mismo órgano que hubiera dictado el acto.

Normativa aplicable

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 122, de 2 de mayo de 2020

Destinatarios

Todas aquellas personas que fijen su residencia en el término municipal de Icod de los Vinos.

Lugar de presentación

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00