Trámites
Aplazamiento – Fraccionamiento de pago
Información sobre el trámite
Objeto
El presente procedimiento tiene por objeto el aplazamiento o fraccionamiento de pago de las deudas tributarias y demás de naturaleza pública cuya titularidad corresponda al Ayuntamiento de Icod de los Vinos, que se encuentren en periodo de pago voluntario o ejecutivo, cuando la situación económico-financiera del obligado tributario le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.
Documentación a presentar
- Impreso normalizado.
- DNI/CIF.
- Escritura de constitución si es persona jurídica.
- En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
- Compromiso de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o de certificado de seguro de caución (en caso de que el importe de la deuda sea superior a 3.000 euros).
- Cuando se solicite la admisión de garantía que no consista en aval de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, se aportará la siguiente documentación:
- Declaración responsable y justificación documental de la imposibilidad de obtener aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, en la que consten las gestiones efectuadas en entidades que cuenten con sucursal en este término municipal para su obtención.
- Valoración de bienes ofrecidos en garantía efectuados por empresas o profesionales especializados independientes.
- Cuando se solicite la dispensa total o parcial de la garantía, se aportará junto a la solicitud:
- Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.
- Justificación documental de la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, en la que consten las gestiones efectuadas para su obtención.
- Cualquier documentación que se estime conveniente para acreditar la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido.
Órgano encargado de la tramitación
Plazos
Efectos de la no resolución y notificación en plazo
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público de Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Información complementaria
- Cuando el importe de la deuda que se solicite aplazar o fraccionar sea igual o inferior a 3.000 euros no será necesario constituir garantía que afiance el incumplimiento de la obligación.
- Las cantidades cuyo pago se aplace o fraccione, excluido, en su caso, el recargo de apremio, devengarán intereses de demora por el tiempo que dure el aplazamiento o fraccionamiento.
La garantía, en caso de que fuera necesaria, deberá cubrir el importe del principal y de los intereses de demora que genere el aplazamiento o fraccionamiento, más un 25% de la suma de ambas partidas.
La vigencia de la garantía constituida mediante aval o certificado de seguro de caución deberá exceder al menos en seis meses al vencimiento del plazo o plazos garantizados.
- La garantía deberá formalizarse en la Tesorería Municipal en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de concesión, cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización.
- La concesión de aplazamiento de deudas tributarias se sujetará a los siguientes criterios:
Deuda en € Periodo máximo de aplazamiento
Desde 150,00 hasta 1.200,00 Hasta 3 meses
Desde 1.200,01 hasta 3.000,00 Hasta 6 meses
Desde 3.000,01 hasta 6.000,00 Hasta 12 meses
Desde 6.000,01 hasta 14.999,99 Hasta 18 meses
Igual o superior a 15.000,00 Hasta 24 meses
Sólo de forma excepcional y siempre que exista causa suficiente debidamente motivada por el interesado, se podrán conceder aplazamientos de las deudas de importe inferior a 150,00 euros o por períodos distintos de los enumerados en los apartados anteriores
Lugar de presentación
LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.
Atención del público
Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430
Tel. 922 86 96 00