Documentación a presentar
- Impreso normalizado.
- DNI/CIF.
- Escritura de constitución, si es persona jurídica.
- En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
- Documento acreditativo de la propiedad del inmueble.
- Referencia catastral del inmueble en que se presta el servicio.
- Documentación que justifique el cambio en la tarifa.
Órgano encargado de la tramitación
Sección de Administración e Inspección Tributaria y Rentas.
Plazos
Seis meses desde la presentación de la solicitud.
Efectos de la no resolución y notificación en plazo
Silencio administrativo negativo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Ordenanza Reguladora Tasa por Suministro de Agua Potable de Abastecimiento Público del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
- Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de Derecho Público del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.