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Comunicación subrogación expediente licencia de instalación de actividad clasificada/transmisión de instalación o puesta en funcionamiento de actividad

Información sobre el trámite

Objeto

COMUNICACIÓN SUBROGACIÓN EXPEDIENTE LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD CLASIFICADA

El interesado mediante esta comunicación pondrá en conocimiento de esta Administración la subrogación de una persona física o jurídica en el procedimiento incoado en esta Administración para la obtención de una licencia de instalación de actividad clasificada, mientras se encuentre en tramitación el mismo.

COMUNICACIÓN DE TRANSMISIÓN DE LICENCIA O COMUNICACIÓN PREVIA

El anterior o el nuevo promotor de la actividad mediante esta comunicación pondrá en conocimiento de esta Administración la transmisión de la titularidad de una licencia de instalación o puesta en funcionamiento de actividad clasificada, de una comunicación previa de instalación o puesta en funcionamiento de una actividad clasificada, inocua o comercial.

En el caso de que no concurriera la comunicación quedarán el nuevo y el anterior titular sujetos a todas las responsabilidades que se derivaren.

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado (Modelo A010 2023) comunicación de subrogación en el expediente de licencia de instalación de actividad clasificada/transmisión de la licencia de instalación de actividad clasificada o comunicación previa de instalación o puesta en funcionamiento titularidad de actividad clasificada.
  • DNI o CIF y escritura constitución sociedad del solicitante. En caso que, la comunicación se presente a través de representante, documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • Documento público o privado que acredite la subrogación/transmisión “inter vivos” o “mortis causa” en el procedimiento del título habilitante (en caso de no constar firma de conformidad del actual solicitante de la licencia).
  • Declaración responsable por la que el promotor transmisario, en su caso, se comprometa a mantener la actividad cumpliendo las condiciones establecidas en la licencia de instalación o comunicación previa de las instalación durante el tiempo que permanezca en funcionamiento la actividad.
  • Acreditación de la contratación de la póliza de seguro por cuantía de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, acompañada del recibo vigente, a nombre del transmisario, en su caso.

Documentos

Órgano encargado de la tramitación

O.A.L. Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Icod de los Vinos.

Trámites

La presentación de la comunicación previa NO constituye la iniciación de ningún procedimiento que deba concluir mediante resolución administrativa expresa o presunta por silencio.

No obstante, la administración podrá comprobar la idoneidad y cumplimiento de los requisitos exigidos para su presentación y de la documentación que deba incorporarse a la misma, pudiendo REQUERIR a la persona interesada, en todo momento, la subsanación y complemento que resulten procedentes, e informarle de la ineficacia de la comunicación que no se ajuste a los requisitos establecidos.

FORMA DE INICIACIÓN: A instancias del interesado.

Plazos

La comunicación se realizará por escrito en el plazo de un mes desde que se hubiera formalizado el cambio en la titularidad de la instalación o actividad amparada por la licencia.

Normativa aplicable

  • Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.
  • Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificada y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa.
  • Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.
  • Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información complementaria

El incumplimiento del deber de comunicación determina que el antiguo y el nuevo titular serán responsables, de forma solidaria, de cualquier obligación y responsabilidad dimanante de la licencia de actividad clasificada entre la fecha de su transmisión y de la comunicación de ésta.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas, de conformidad con el RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Lugar de presentación

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano de la Gerencia sita en C/ El Mercado, nº2 y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00