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Consulta previa de actividad

Información sobre el trámite

Objeto

A instancia del titular de una instalación o promotor antes de la presentación de la solicitud de licencia de autorización o de comunicación previa, este Organismo Autónomo expedirá certificado que contenga información relativa a todos o alguno de los siguientes extremos, de conformidad con la solicitud formulada:

  • a) Régimen de intervención administrativa aplicable a la actividad o espectáculo que se pretenda implantar.
  • b) Compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento y ordenanzas aplicables en el respectivo municipio.
  • c) El carácter sustancial o no de la modificación proyectada sobre una actividad ya existente, a los efectos de determinar el régimen de intervención aplicable.
  • d) Régimen sustantivo aplicable a la actividad, con arreglo a las ordenanzas y planeamiento vigente en cada momento.

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado (Modelo A001 2023) Consulta Previa.
  • DNI o CIF y escritura constitución sociedad. En caso que, la solicitud se presente a través de representante, documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • Plano de situación a escala mínima de 1:1000 (que se le facilitará en la oficina de atención al ciudadano de la Gerencia de Urbanismo).
  • Plano de emplazamiento del local dentro del inmueble en el que se refleje sus accesos desde la vía pública.
  • Fotografías de la fachadas.
  • Justificante de pago de la Autoliquidación.

Documentos

Órgano encargado de la tramitación

O.A.L. Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Icod de los Vinos.

Plazos

El plazo máximo para la emisión y notificación de la contestación será de QUINCE DÍAS, en el supuesto previsto en el apartado 1.a) precedente «Régimen de intervención administrativa aplicable a la actividad o espectáculo que se pretenda implantar», y de UN MES, en los demás casos.

Recursos

De conformidad con el artículo 36 LACEP, en los supuestos en los que, siendo preceptivo el informe favorable de compatibilidad urbanística, éste hubiere sido emitido en sentido desfavorable, el interesado podrá impugnar directamente dicho informe en sede administrativa o, en su caso, contencioso-administrativa.

Normativa aplicable

  • Ley 4/2017, 13 de julio, de Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
  • Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.
  • Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa.
  • Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos BOP 77, 28 de junio.

Tasas / impuestos

La tramitación de este modelo lleva aparejada la tasa resultante de aplicación de lo dispuesto en el epígrafe 3.1 del artículo 7 de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos BOP 77, 28 de junio, por parcela: 54,09 €.

FORMAS DE PAGO: Autoliquidación.

Información complementaria

VIGENCIA: Respecto a la información relativa a la compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento y ordenanzas aplicables en el respectivo municipio, la vigencia de la consulta previa será de un año salvo que con anterioridad a su vencimiento se produjera un cambio normativo o de ordenación que alterara los términos consignados en la misma, en cuyo caso su vigencia cesará con la entrada en vigor de la nueva ordenación, de conformidad con el artículo 328 de la LSENPC.

OBSERVACIONES:

  • La alteración, por la Administración competente, de los criterios y de las previsiones facilitados en la contestación, dentro del plazo en el que esta surta efectos, deberá ser motivada y podrá dar derecho, en los términos previstos en la normativa sobre responsabilidad patrimonial de la Administración, a la indemnización, a favor del particular, de los gastos en que haya incurrido por la elaboración de proyectos presentados que resulten inútiles como consecuencia del cambio de criterio.
  • La actuación de los particulares ajustada a los términos contenidos en la contestación a consulta previa exonerará a los mismos de toda responsabilidad sancionadora con respecto a los extremos consultados siempre que la Administración no les haya requerido fehacientemente para acomodar dichas actuaciones a un criterio modificado por esta. En este último caso, la Administración quedará exonerada de responsabilidad en relación con los gastos posteriores que se ocasionen a los particulares que no se acomoden al nuevo criterio por los gastos realizados con anterioridad al requerimiento.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas, de conformidad con el RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Lugar de presentación

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano de la Gerencia sita en C/ El Mercado, nº2 y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00