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Declaración de Ruina

Promover la declaración legal de ruina urbanística de un inmueble por parte del Ayuntamiento.

Información sobre el trámite

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado de solicitud.
  • Fotocopia de DNI/CIF.
  • Escritura de constitución, si es persona jurídica.
  • Acreditación de la representación si actúa en nombre de persona física o jurídica y DNI del representante.
  • Justificante de pago de la autoliquidación.
  • Plano de situación a escala mínima 1:1000 en el que se señale la finca de forma clara y precisa.
  • Fotografías a color de cada una de las fachadas.
  • Presupuesto y mediciones de la obra.
  • Relación de moradores.

Órgano encargado de la tramitación

O.A.L. Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Icod de los Vinos.

Trámites

     Nº      Denominación:

  1. Solicitud.
  2. Comprobación de la solicitud y documentación presentada y, en su caso,  requerimiento al interesado para que subsane.
  3. Comunicación al interesado, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la solicitud, mediante la que se pondrá en su conocimiento el plazo máximo establecido para la resolución y notificación del procedimiento, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo. En dicha comunicación se hará constar, además, la fecha en que su solicitud ha sido recibida por el órgano competente. Dicha comunicación podrá efectuarse, en su caso, en el mismo oficio en que se requiera al interesado para que subsane su solicitud.
  4. Informe técnico.
  5. Informe jurídico, que tendrá forma de propuesta de resolución cuando se prescinda del trámite de audiencia.
  6. Audiencia al interesado. Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
  7. Propuesta de resolución en caso de que se hubiera otorgado trámite de audiencia.
  8. Resolución.
  9. Notificación.

Plazos

TRES MESES desde la presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo positivo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada.

Recursos

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hubiera dictado el acto y/o recurso contencioso administrativo.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
  • DECRETO 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia urbanística.

Lugar de presentación

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00