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Exhumación de restos cadavéricos

El presente procedimiento tiene por objeto el otorgamiento de la autorización necesaria para poder exhumar restos cadavéricos, entendiendo por tal lo que queda del cuerpo humano, terminados los fenómenos de destrucción de la materia orgánica, una vez transcurridos los cinco años siguientes a la muerte. El plazo se computa desde la fecha y hora de la muerte que figura en la inscripción de la defunción en el Registro Civil.

Información sobre el trámite

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado.
  • DNI.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
  • Copia del título concesional donde se acredite la localización de los restos cadavéricos que van a ser exhumados.
  • Consentimiento de los titulares de los derechos funerarios.
  • Certificado de defunción del Registro Civil.

Órgano encargado de la tramitación

Servicio de Contratación, Obras, Servicios y Patrimonio. Área de Servicios.

Plazos

Tres meses desde la presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo positivo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
  • Decreto 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria.

Información complementaria

Queda prohibida cualquier actuación que suponga el desmembramiento o fragmentación de los restos cadavéricos en aquellos supuestos en que en el momento de la exhumación se compruebe que aún no se ha producido la desaparición completa de la materia orgánica o su esqueletización, cualquiera que fuese la causa.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00