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Expedición de tarjeta de armas

Información sobre el trámite

Objeto

El presente procedimiento tiene por objeto el otorgamiento de la autorización municipal necesaria para llevar y usar armas de la categoría 4ª fuera del domicilio.

La mencionada categoría 4ª comprende:

  1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
  2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado.
  • DNI.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
  • Factura de compra del arma detallando nº de serie, marca y calibre.
  • Informe de aptitud psicofísica para la tenencia y uso de armas expedido por un centro oficial de la provincia.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Si es menor de edad (14 a 18 años), autorización del padre, madre o tutor y DNI del padre, madre o tutor.
  • Justificante de pago de la autoliquidación.

Órgano encargado de la tramitación

O.A.L. Gerencia de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Icod de los Vinos.

Plazos

TRES MESES desde la presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo negativo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Recursos

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hubiera dictado la resolución y/o recurso contencioso – administrativo.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.

Tasas / impuestos

Previamente a la emisión de la presente autorización deberá abonarse la correspondiente tasa municipal. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, debiendo presentarse simultáneamente con la oportuna solicitud. La cantidad a abonar asciende a 23,80 euros.

Información complementaria

  • Las armas incluidas en la categoría 4.ª, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente.
  • De las comprendidas en la categoría 4.ª, 1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.

Ello no obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.

Lugar de presentación

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.

Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00