Trámites

Inicio / Ayuntamiento / Trámites / Inscripción en el censo de perros peligrosos

Inscripción en el censo de perros peligrosos

El presente procedimiento tiene por objeto la inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos del Ayuntamiento de Icod de los Vinos de los perros que tengan tal consideración.

La solicitud de inscripción deberá presentarse dentro del plazo de quince días desde la obtención de la licencia necesaria para la tenencia de este tipo de animales.

Tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos los siguientes:

  • a. Aquellos que pertenezcan a una de las razas siguientes o a sus cruces Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu.

  • b. Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que a continuación se señalan, salvo que se trate de perros-guía o de perros de asistencia acreditados y adiestrados en centros oficialmente reconocidos, así como aquellos perros que se encuentren en fase de instrucción para adquirir esa condición:
    • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
    • Marcado carácter y gran valor.
    • Pelo corto.
    • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
    • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
    • Cuello ancho, musculoso y corto.
    • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
    • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
    • En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en los apartados anteriores, serán considerados como perros potencialmente peligrosos, aquellos que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. Esta potencial peligrosidad tendrá que haber sido apreciada mediante resolución de la autoridad municipal competente en base a criterios objetivos, bien de oficio o después de una notificación o denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente municipal.
  • c. Los perros que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa.

Información sobre el trámite

Órgano encargado de la tramitación

Servicio de Contratación, Obras, Servicios y Patrimonio. Área de Servicios.

Plazos

Tres meses desde la presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo positivo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales potencialmente Peligrosos.
  • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Ordenanza Reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos y constitución del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos y de la protección y tenencia de animales de compañía del Ayuntamiento de Icod de los Vinos (BOP nº 21 de 7 de febrero de 2011).

Información complementaria

  • La tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos, por las personas residentes en Icod de los Vinos o que vayan a permanecer en la ciudad al menos tres meses, así como los comerciantes o los adiestradores de estos animales instalados en dicho término municipal, requerirá la previa obtención de una licencia administrativa otorgada por el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

  • La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la licencia administrativa antedicha, así como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

  • La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de esos hechos.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00