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Prestaciones económicas de Asistencia Social (PEAS)

Información sobre el trámite

Objeto

El objeto del presente procedimiento es el otorgamiento de ayudas no periódicas, destinadas a las personas físicas de escasos recursos económicos con el fin de atender concretas situaciones de necesidad o emergencia.

Con las mismas se pretende apoyar a aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos para afrontar necesidades esenciales relacionadas con:

  • Alimentación Básica.
  • Alimentación Infantil.
  • Dietas Especiales.
  • Guarderías.
  • Prótesis y Órtesis.
  • Adquisición de tratamiento farmacológico.
  • Material Escolar.
  • Ayudas destinadas a atender necesidades de alojamiento temporal.
  • Ayudas carencias puntuales de equipamientos del hogar.
  • Sepelio.
  • Gastos que resulten necesarios para el uso y mantenimiento de la vivienda habitual, que impidan el desahucio y/o los cortes de suministros básicos, así como que faciliten el acceso a la vivienda en casos de carencia.
  • Gastos para reparaciones o adaptación de la vivienda habitual para de esta manera proporcionar niveles mínimos de habitabilidad.
  • Gastos destinados a atender carencias puntuales de equipamiento del hogar.
  • Gastos de desplazamiento, tanto dentro como fuera de la Isla, por causas de necesidad o para mejorar la situación socio-económica del beneficiario.
  • Gastos de transporte urbano e interurbano, a fin de facilitar el acceso a servicios básicos o la integración socio-laboral.

Documentación a presentar

  • Impreso normalizado.
  • DNI o documento equivalente.
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
  • Certificado de empadronamiento y convivencia, o señalar explícitamente en el informe social del Trabajador Social la comprobación del empadronamiento y convivencia del usuario.
  • Libro de familia, en su caso.
  • Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
  • Pensionista: documento acreditativo de la pensión que percibe.
  • Trabajadores por cuenta ajena: certificado de los haberes de empresa o última hoja de salario.
  • Trabajadores autónomos: última liquidación trimestral del IRPF y/o último boletín de cotización a la Seguridad Social y, en todo caso, declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que percibe.
  • Desempleados: certificado del Servicio Canario de Empleo que acredite tal situación y especificación económica derivada de la misma.
  • Estudiantes mayores de 16 años: documento acreditativo de la realización de estudios de cualquier nivel.
  • Declaración de la renta o, en su defecto, certificado negativo de su presentación correspondiente al último ejercicio, que abarque a todos los miembros de la unidad familiar.
  • Alta a Tercero para procedimientos de pago en este Ayuntamiento.
  • Presupuesto del gasto que origine la petición de ayuda en los casos que proceda, o factura, si el gasto ya se hubiera realizado.
  • Prescripción médica emitida por facultativo del Servicio Canario de Salud, en los casos de prestaciones de prótesis, órtesis, etc., así como, en su caso, medicación correspondiente prescrita por profesional competente.
  • Cualquier otra documentación que, atendiendo al objeto o finalidad de la ayuda, pueda ser requerida por parte del Ayuntamiento.

Órgano encargado de la tramitación

Área de Servicio Sociales y Sanidad.

Plazos

Tres meses desde la presentación de la solicitud.

Efectos de la no resolución y notificación en plazo

Silencio administrativo negativo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Recursos

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución que se recurre, y/o recurso contencioso-administrativo.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de Bases del Régimen de Local.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
  • Ordenanza Municipal específica por la que por la que se regulan las Prestaciones Económicas de Asistencia Social del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, publicada en el BOP nº 66 de 2 de abril de 2008.
  • Ordenanza de prestación es económicas de asistencia social del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, publicada en el BOP nº 201 de 8 de octubre de 2010.

Información complementaria

Podrán ser beneficiarios de las Prestaciones Económicas de Asistencia Social aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • a) Ser español/a o miembro de la Comunidad Económico Europea y extranjeros, ya sean refugiados, asilados o apátridas, residentes o transeúntes, en los términos previstos.
  • b) Estar empadronado y/o ser residentes en el municipio de Icod de los Vinos durante, al menos, un periodo de seis meses inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. No se tendrá en cuenta el aludido límite temporal cuando concurran circunstancias excepcionales, que deberán reflejarse debidamente en el informe del Trabajador Social.
  • Aquellas personas residentes pero no empadronadas, podrán acreditar esta circunstancia a través de un certificado de la Policía Local o por medio de cualquier documento que acredite suficientemente este extremo.
  • c) No contar con recursos económicos suficientes para afrontar el gasto de la prestación solicitada, de acuerdo con los criterios establecidos en esta norma.
  • d) No se propietario o usufructuario, la unidad familiar, de bienes muebles o inmuebles, excepto la vivienda de uso habitual, cuya característica, valoración, posibilidad de venta o cualquier otra forma de explotación, indiquen de manera notoria, la no existencia de medios materiales suficientes para atender, pero sí mismo, la necesidad para la que demanda la ayuda.
  • e) Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente.
  • f) Tener valorada la situación de necesidad e idoneidad social para la prestación solicitada por el trabajador social municipal.

Con carácter general, no podrán beneficiarse de la presente prestación las personas que hayan percibido ayudas de otras instituciones, siempre que sean de la misma naturaleza, alcance y finalidad.

Destinatarios

Personas físicas.

Lugar de presentación

LUGAR DE SOLICITUD:
PRESENCIAL:
Punto de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.
Horario del servicio 08:30 a 14:00, de lunes a viernes.
Cita Previa:
• Telefónica: Al teléfono 922 869600
• Correo electrónico: atencionciudadana@icoddelosvinos.es
• Web: https://citaprevia.icoddelosvinos.es
TELEMÁTICA:
Registro electrónico. Puede acceder a través de CL@VE o mediante Certificado electrónico.


Atención del público

Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430

Tel. 922 86 96 00