El presente procedimiento tiene por objeto la obtención de la licencia que permite disponer de vado o de reserva de estacionamiento en la vía pública.
Trámites
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Vados y reservas para vehículos
Información sobre el trámite
Documentación a presentar
General:
- Impreso normalizado.
- Fotocopia DNI/CIF.
- Escritura de constitución, si es persona jurídica.
- En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación.
- Justificante de pago de la autoliquidación.
Vados:
- Una fotografía reciente de la fachada.
- Una fotografía de la acera de acceso al inmueble.
- Declaración responsable, suscrita por el solicitante, donde se señale expresamente el número de vehículos a estacionar dentro del inmueble, con señalamiento de que el espacio destinado a ello no tiene otro destino.
- Acreditación de la condición de propietario o poseedor legítimo del inmueble (escritura, contrato de arrendamiento o documento análogo).
- Plano de emplazamiento.
- Plano de planta del garaje o zona de estacionamiento, con señalamiento expreso de las plazas de aparcamiento disponibles.
Reservas de estacionamiento:
- Informe en el que se haga constar los metros de ocupación, así como la finalidad o motivo de la reserva y si es con carácter permanente o temporal, concretando, en este último caso, el tiempo de ocupación.
- Dicho informe deberá acompañarse de la documentación justificativa de la necesidad de la reserva.
Órgano encargado de la tramitación
Plazo máximo para resolver y notificar
Efectos de la no resolución y notificación en plazo
Silencio administrativo negativo: transcurrido el plazo para resolver sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras y la reserva de la vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos.
- Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Atención del público
Ayuntamiento de Icod de Los Vinos, Plaza Luis de León Huerta, S/N – 38430
Tel. 922 86 96 00